sábado, 13 de agosto de 2011

Extracción de gusanos para pesca deportiva y su regulación


Cuando vamos a pescar a la costa en la modalidad de "a fondo", se nos plantea siempre la problemática del cebo. Antes yo solía comprarlo en las tiendas especializadas, pero actualmente, por diversas razones (la mas contundente la "económica") suelo ir a cogerlo a los arenales específicos.

La extracción de poliquetos está regulado en Galicia desde 1998, y es poco conocido por parte de los pescadores deportivos. Solemos salir a coger cebo pero no nos sabemos la normativa. Como puntos mas importantes debemos saber que:

El artículo 9º de la orden de 6 de febrero 1998, en su párrafo 1 dice:
Las personas que sean titulares del permiso de pesca de recreo, que podrán recoger un máximo de 50 individuos/día.

…y en su último párrafo dice:
En ninguno de los dos supuestos podrá realizarse la extracción en aquellas zonas en las que existan planes de explotación para otros recursos.

El artículo 10 de la citada Orden ya nos avisa de las sanciones:
El incumplimiento de lo regulado en esta orden será sancionado de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos pesqueros-marisqueros.

Todos los años, por los meses de Febrero o Marzo, sale una Orden sobre poliquetos, la última vigente es:
Orden de 28 de Febrero de 2011 por la que se aprueban los planes para la explotación de poliquetos en Galicia para el año 2011 y regula su ejercicio”.

Aquí aparecen las zonas y los límites que tienen competencia las cofradías (en las que no puedes pillarlos),  fuera de esos límites no te pueden decir nada, salvo que estés en una zona de explotación marisquera (según lo comentado más arriba).

Cuelgo en el apartado de enlaces la normativa vigente en Galicia hasta la fecha.
 

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