sábado, 12 de abril de 2014
Prohibida la venta al público de lamprea y anguila
La Consellería do Medio Rural e do Mar reguló la comercialización en origen de especies eurihalinas de interés comercial, como la anguila y la lamprea, por lo que la medida afectará de lleno a los valeiros que trabajan en el río Ulla en Pontecesures que ya en su día criticaron abiertamente la intención del Gobierno autonómico al verlo inviable. Las eurihalinas pueden vivir en zonas acuáticas con diferentes grados de salinidad y su captura «xera importantes beneficios económicos para as zonas onde se realiza», explica la orden, publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
Su finalidad es «controlar o desembarco, o transporte e a primeira venda nas lonxas pesqueiras ou nos centros de venda destas especies capturadas nos tramos finais dos ríos Miño, Tea e Ulla». Asimismo, también redefinirá los centros de recogida para estas especies y el Rexistro de Centros de recogida. La Xunta confirmó que, tal como precisa el DOG, la orden entrará mañana en vigor, aunque la campaña de la lamprea en el Ulla acabará en cuestión de días.
En la actualidad, la comercialización en origen de los productos pesqueros se encuentra implantada para casi todas las pesqueras de la comunidad. La Consellería do Medio Rural e do Mar regula la descarga y primera venta de los productos frescos (pescado y marisco) que se llevan a cabo en las lonjas o en los centros autorizados, así como la actividad comercial de los productos frescos de la pesca, algas y de la acuicultura, cualquiera que sea su origen.
«Porén, existen algunhas actividades da pesca nas que se fai necesaria unha actualización normativa que garanta un sistema de control eficaz na fase de comercialización en orixe e, que ao mesmo tempo, facilite o seguimento da súa rastrexabilidade -explica la Consellería-. Tal é o caso dalgunhas especies capturadas nos tramos finais dos ríos Miño, Ulla e do Tea, nos que existe unha ampla tradición de explotación pesqueira e onde un importante colectivo de pescadores exerce a actividade profesional nas súas augas, principalmente nas pesqueiras da anguía (Anguilla anguilla) e a lamprea (Petromyzon marinus)».
La aprobación de esta orden incorpora el control de la primera venta a unas pesqueras que, «ata o de agora, por mor das súas peculiaridades, quedaban fóra do devandito control». Es por ello que la publicación de esta norma cubre las actividades realizadas por los pescadores autorizados.
Con el fin de realizar el control y mantener el rastreo de los lotes de las especies capturadas, los valeiros deberán contar con los correspondientes documentos en el momento de su descarga, transporte y en la primera venta en las lonjas o en los centros de venta en base a la normativa vigente.
Tras la primera venta, cualquiera que sea la modalidad de transacción y una vez sea efectiva, deberá cumplimentarse el documento denominado ‘nota de venta’.
La orden también define los centros de recogida para especies eurihalinas. Estos establecimientos solo podrán almacenar las capturas realizadas por el titular del mismo -quien deberá contar con la licencia de pesca para dichas especies- para destinarlas después a su posterior comercialización a través de las lonjas o centros de venta. Asimismo, deberán estar inscritos en el Rexistro de Centros de recollida de especies eurihalinas, que será gestionado y controlado por la Consellería do Medio Rural e do Mar.
Actualmente los valeiros venden sus capturas directamente a particulares o restaurantes en el propio barco y también se encargan de mantener los ejemplares vivos en caso de que la oferta supere a la demanda.
Fuente: Diario de Pontevedra
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