viernes, 1 de marzo de 2013

Entra en vigor el carnet por puntos en la pesca




El centenar largo de embarcaciones que ayer retomaron la actividad tras una semana de paro en protesta por las múltiples trabas que encontraban para faenar se ha dado casi de bruces con una de las que más les atemorizaba: el carné por puntos. La pesca española estrena hoy el sistema que penaliza las infracciones graves no solo con sanciones económicas, sino también con la asignación de un determinado número de puntos según la irregularidad, que, de acumularse hasta una cuantía determinada, podrá traducirse en la pérdida de la licencia de pesca para el barco y en la inhabilitación para el ejercicio de la actividad pesquera en el caso del capitán o el patrón.
Porque en el mar, a diferencia de sobre el asfalto, tener puntos será negativo. Para la embarcación, el número fatídico será 90. La acumulación de esos tantos dará lugar automáticamente a la retirada permanente de la licencia de pesca. El guarismo fatal para patrones y capitanes será el 130, pues de alcanzarlos quedará inhabilitado para ejercer su profesión durante un año.
Según el reglamento publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los puntos se cancelarán de oficio a los tres años, que empiezan a contar a partir del 1 de enero siguiente a la fecha de la infracción, siempre que en ese plazo no se hubiera registrado alguna otra irregularidad cometida por el mismo infractor, con la misma licencia y buque.
Ahora bien, si la embarcación es sorprendida realizando actividades ilegales cuando tiene la licencia suspendida o retirada permanentemente será incluido en la lista negra de buques de la UE que practican la pesca pirata.
Así como los conductores pueden realizar cursos para recuperar puntos, armadores y patrones tendrán un abanico de acciones con las que podrán perderlos, como la posibilidad de participar en campañas científicas para mejorar la selectividad de las artes, entregar un 10 % de sus posibilidades de captura o se involucra en un proyecto de etiquetado ecológico.
Infracciones e infractores quedarán recogidas en un fichero que gestionará la Secretaría General de Pesca. En ese registro se anotarán las faltas cometidas tanto en aguas interiores como exteriores, las sanciones impuestas y el número de puntos asignados. También se incorporarán las irregularidades de un barco o profesional español instruidas por otros Estados miembros.
La relación de puntos que se sumarán dependiendo de la falta se adecúan al reglamento comunitario y los más destacados son los siguientes:
E3 puntos. Incumplimiento de las obligaciones de registrar y comunicar las capturas.
E4 puntos. Utilización de artes prohibidas.
E5 puntos. Falsificación o disimulación de la matrícula, alterar pruebas de una investigación, capturar pescado de talla inferior a la reglamentaria o realizar actividades incompatibles con las medidas de conservación de la zona.
E6 puntos. Faenar durante la veda o sin disponer de cuota.
E7 puntos. Pescar sin licencia expedida por el Estado, obstrucción de los trabajos de inspección, participación en operaciones con buques ilegales o utilización de un barco sin nacionalidad.
En el caso de los armadores, la suma de 18 puntos conllevará la suspensión de la licencia durante dos meses; 36 puntos, cuatro meses; 54 puntos, ocho meses; y 72 puntos, durante un año. La acumulación de 90 puntos por el titular de la licencia dará lugar "automáticamente" a la retirada permanente de la misma. Además, los barcos que realicen actividades pesqueras durante la suspensión o retirada del permiso podrán ser incluidos en la lista de pesqueros de la UE que practican la pesca ilegal. Los capitanes y patrones, por su parte, serán inhabilitados durante dos meses cuando acumulen 30 puntos; cuatro meses con 70; ocho meses con 100; y hasta un año con 130, pero el real decreto no prevé su suspensión permanente.
La cancelación de los datos de las infracciones se producirá a los tres años a contar desde el 1 de enero al año siguiente al de la imposición de la sanción, pero los puntos no se borrarán si en este plazo el mismo barco comete otra infracción.
Los afectados por este sistema afrontarán también multas económicas, ya que el real decreto recoge sanciones con una graduación que varía desde las "infracciones leves", castigadas con una multa de 60 a 600 euros, a las "muy graves", con cuantías que van desde los 60.001 a 300.000 euros. Las "infracciones graves", por su parte, serán penalizadas con multas de entre 601 y 60.000 euros.

 

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