La
Consellería de Medio Ambiente ha informado de que está permitida la captura de
perca negra, carpa, cangrejo señal y cangrejo rojo americano en ciertas áreas,
como una medida de control y erradicación de estas especies exóticas invasoras.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este jueves la orden por la que
se modifica la de enero de 2018 en la que se establecen las normas de pesca en
las aguas continentales de la comunidad durante toda la temporada 2018.
En un
comunicado, la Xunta ha señalado que esta autorización es "posible"
por un cambio legislativo a nivel estatal, ya que el 21 de julio se publicaba
en el Boletín Oficial del Estado la modificación de la ley del patrimonio
natural y de la biodiversidad. Esta
norma establece que hasta que se aprueben los instrumentos normativos de
planificación y gestión y la delimitación cartográfica del área ocupada por las
especies catalogadas como exóticas invasoras, las comunidades podrán autorizar
la práctica de la pesca en sus distintas modalidades, en zonas delimitadas, de
aquellas especies que tengan relevancia social y económica, adoptando las
debidas medidas para salvaguardar el medio natural y el ecosistema en que se
desarrollan.
Así, el
Gobierno gallego ha explicado que, tal y como recoge la orden publicada este
jueves, "no se establecen dimensiones mínimas ni cuotas de captura",
y los ejemplares de estas especies que sean extraídas de la naturaleza por
cualquier procedimiento "no podrán ser transportados con vida ni devueltos
al medio natural, debiendo ser sacrificados en el momento de la captura".
En concreto,
en el caso de la perca negra y la carpa, estas especies podrán capturarse en
los embalses de Zamáns, O Vao, Montefurado, As Portas, As Conchas, Lindoso,
Vilasouto, A Hedrada, Cecebre, Belesar, Castrelo de Miño, Frieira, Os Peares,
Velle, Pumares, San Martiño, San Pedro, Santiago, Santo Estevo, Sequeiros,
Leboreiro y Portodemouros.
Por lo que
respecta al cangrejo rojo americano y al cangrejo señal, la captura puede
realizarse en los embalses de Sabón, As Forcadas y Cecebre —excepto en tramos
vedados—; en los ríos Sil y Bibei, en los ríos Furnia, Hospital y Pego
—afluentes del Baixo Miño—; aguas bajo la carretera PO-552 (Vigo-Tui).
También se
permite en los canales y charcas de la antigua laguna de Antela, charcas de Os
Milagres de Maceda, de Rioseco en Paderne de Allariz, de Niñodaguia en
Xunqueira de Espadanedo y Oímbra; así como en el embalse de A Fervenza y tramo
del río Xallas de aguas bajo la presa de Ventín —hasta el 30 de septiembre--; y
en los embalses de Belesar y Os Peares, en los tramos incluidos en el régimen
especial de embalses.
Fuente:
Galiciae.com
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