El 14 de octubre de 2015 se materializó el convenio entre
varias comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente para el establecimiento de las LICENCIAS INTERAUTONÓMICAS DE
CAZA Y PESCA EN AGUAS CONTINENTALES, y que entró en vigor a partir del 14 de
noviembre.
Finalmente 7 comunidades han suscrito el convenio:
1. Aragón
2. Asturias
3. Castilla y León
4. Comunidad Valenciana
5. Extremadura
6. Galicia
7. Madrid
¿En qué consiste esta nueva licencia?
Se trata de un documento único (para caza o para pesca) que
simplifica los trámites administrativos para aquellos cazadores y pescadores
que practiquen estas actividades en más de una comunidad autónoma, ya que con
las licencias interautonómicas podrán cazar o pescar en los terrenos
cinegéticos o ríos de las comunidades adheridas al convenio sin necesidad de
realizar trámites adicionales.
El importe de las licencias será de 70€ para la licencia
interautonómica de caza y de 25€ para la licencia interautonómica de pesca.
Ambas permiten realizar la actividad en cualquiera de sus modalidades durante
su periodo de vigencia, que será de un año desde su expedición.
Esta nueva licencia no sustituye a las licencias ya
existentes, que seguirán funcionando y expidiéndose de la
misma manera para aquellos cazadores/pescadores que solo deseen practicar la
caza o la pesca en su comunidad.
¿Cómo puedo obtener las licencias interautonómicas?
Las licencias podrán expedirse:
A través de
INTERNET: Procedimiento de obtención de
la licencia
Esta es la forma más cómoda, puesto que permite su obtención
instantánea a través del abono de la tasa mediante tarjeta bancaria y su
impresión desde cualquier ordenador, evitando desplazamientos a las oficinas
administrativas.
Presencialmente en
las Oficinas de expedición de licencias
Requisitos:
Para acceder a ellas es necesario cumplir con las siguientes
condiciones:
Ser ciudadano español
o extranjero residente en España
Abonar la tasa correspondiente (70€ para la de caza y 25€ para la de pesca)
No encontrarse
inhabilitado (por sanción administrativa en cualquiera de las Comunidades
Autónomas signatarias o por resolución judicial firme en aplicación de la
legislación penal)
Estar habilitado para
la caza (mediante posesión de licencia antigua o haber superado el examen del
cazador o sistema equivalente) y aportar los datos necesarios de la solicitud.
En cumplimiento de los principios de simplificación
administrativa, para la expedición de la licencia interautonómica no es
necesario aportar documentación acreditativa. Bastará con que el ciudadano
realice una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos
exigibles.
PREGUNTAS FRECUENTES:
¿A partir de cuándo
podré expedir alguna de las licencias interautonómicas? A partir del 14 de noviembre
de 2015
¿La licencia
interautonómica es única? No, son dos licencias interautonómicas, hay una para
caza y otra para pesca.
¿Estando en posesión
de la licencia interautonómica ¿es necesaria alguna otra documentación? Si, la
licencia interautonómica funciona simplemente como licencia, sigue siendo
necesario estar en posesión del resto de documentos necesario para ejercitar la
caza o la pesca.
¿Desaparecen las licencias de caza y pesca de cada comunidad? No, siguen estando plenamente vigentes y se seguirán expidiendo de igual forma que hasta ahora para aquellos cazadores y pescadores que deseen solamente ejercitar estas actividades en su comunidad.
¿Pueden los extranjeros acceder a estas licencias? Solamente si son residentes en España.
¿Pueden los menores de edad acceder a estas licencias? Si, siempre que cuenten con la autorización de sus tutores legales y cumpla con el resto de requisitos, puede solicitarla presencialmente.
Si ya tengo una licencia de caza o pesca en mi comunidad ¿se me descontará el importe de la misma cuando expida la licencia interautonómica? No, son licencias independientes y complementarias, por lo tanto el abono de las tasas también lo es.
Si estoy inhabilitado para la caza o pesca en una de las
comunidades autónomas que suscriben el convenio ¿quiere decir que no podré
cazar/pescar en ninguna de las otras? No, el registro común de infractores solo
afecta al ámbito de la licencia interautonómica. Si estás sancionado en una de
ellas, no podrás hacer uso/expedir la licencia interautonómica, pero podrás
hacer uso/expedir las licencias individuales de cada comunidad autónoma (salvo
que una resolución judicial diga lo contrario)
Fuente: Medio Ambiente JCYL
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